REGIMENES TRIBUTARIOS
EN BOLIVIA
Por las características de la
actividad económica que realiza el contribuyente, el SIN los clasifica
en diferentes regímenes
tributarios:
a) Régimen
General
b) Regímenes
Especiales
RÉGIMEN
GENERAL
Al Régimen General corresponden todas y todos los contribuyentes inscritos en
padrón de contribuyentes ( NIT ) y
que por la actividad que desarrollan
necesitan emitir la factura
correspondiente.
Las y los contribuyentes serán:
@ Personas Naturales:
Personas
que generalmente ejercen profesiones liberales u oficios, así también, anticresistas ,alquileres ahorristas y otros.
@ Empresas Unipersonales: Personas naturales que realizan actividades económicas empresariales.
@ Personas Jurídicas: Son empresas identificadas por una
razón social, son sociedades
conformadas de acuerdo al Código
de Comercio ( con acta de
constitución o testimonio)
o de acuerdo al Código
Civil ( asociaciones, fundaciones, entre
otros).
En
el Régimen General los
contribuyentes se clasifican en:
PRICO ( Principales
Contribuyentes ) que
por sus aportes son situados entre Las
empresas
que contribuyen más a
Bolivia. – que son Newton todos.
GRACO ( Grandes
Contribuyentes) –
que se ubican
entre los mayores
aportantes al país.
- que son Newton todos. / toda entidad estatal es GRACO
RESTO ( Resto de Contribuyentes
) Son
todos los demás
contribuyentes que emiten
facturas y que no
se
constituyen ni en PRICOS ni GRACOS
– Algunos son Newton y
lo que no los son se los denomina Newton Específico.
Es decir, ya no existen
contribuyentes que
no sean Newton
o Newton Específico.
La diferencia
entre Newton y Newton
específico radica en que los
Newton envían el LCV
cada mes por
el Facilito, en cambio
los Newton Específico envían
anualmente. La bancarización es igual para
Newton o no Newtons.
RÉGIMENES ESPECIALES
RÉGIMENES ESPECIALES
Con el objetivo de poder incentivar
el trabajo de las personas que
invierten pequeños capitales para el progreso del país
se crearon los Regímenes Especiales,
Cabe
hacer notar que
en los regímenes
especiales solo pueden
inscribirse personas naturales
y no emiten factura
Compuestos por:
a) Régimen Tributario
Simplificado ( R.T.S
)
b) Sistema Tributario
Integrado ( S.T.I
)
c) Régimen Agrario Unificado ( R.A U
)
RÉGIMEN TRIBUTARIO
SIMPLIFICADO ( R.T.S
)
Destinado a las personas que habitualmente tienen una de
las siguientes actividades: artesanos, comerciantes minoristas y vivanderos.
SISTEMA TRIBUTARIO
INTEGRADO ( S.T.I
)
Destinado
a
personas naturales que presten servicio público de transporte y que cuenten con menos
de dos vehículos; como taxis,
mini buses, transporte urbano e interprovincial
REGIMEN AGRARIO
UNIFICADO ( R.A.U )
Destinado
a personas naturales y sucesiones indivisas que realicen actividades agrícolas
o pecuarias en predios cuya superficie esté comprendida dentro de los límites establecidos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario